Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Diciembre de 2004, C. 959. XXIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 959. XXIII.

ORIGINARIO

Caja Complementaria de Previsión para la Actividad Docente c/ San Luis, Provincia de s/ cobro de australes.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 23 de diciembre de 2004.

Autos y Vistos; Considerando:

Que a fs. 530 la Caja Complementaria de Previsión para la Actividad Docente pide que se resuelva lo peticionado a fs. 505 y, en consencuencia, requiere al Tribunal que establezca quién deberá afrontar las costas derivadas del incidente planteado por la demandada a fs. 455/459, relativo a la aplicación de la ley 24.283, y que se regulen los honorarios correspondientes.

Que las costas de la cuestión deducida a fs.

455/459, cuyo traslado fue contestado a fs. 470/472, deben ser soportadas por la Provincia de San Luis (arts. 68 y 69 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Ello es así en virtud de la propuesta de pago acompañada a fs. 476/478 y 480/481; acuerdo celebrado por las partes a fs. 350/350 vta. de los autos C.1635.XXXI. "Caja Complementaria de Previsión para la Actividad Docente c/ San Luis, Provincia de s/ cobro de australes", homologado a fs. 362 vta. de esos autos; y de lo resuelto en el precedente de Fallos:

319:860 y votos concurrentes de los jueces B. y V. y 324:3025 considerandos 33 y 34, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir en razón de brevedad.

Por ello, se resuelve: I. Imponer las costas del planteo formulado a fs. 455/459 a la demandada; y II. Por la tarea cumplida a fs. 470/472 y de acuerdo con lo dispuesto por los arts. 33, 39 y concs. de la ley 21.839, modificada por la ley

24.432, regular los honorarios del doctor M.B. en la suma de nueve mil cien pesos ($ 9.100). N..

E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

Nombre de la actora: Caja Complementaria de Previsión para la Actividad Docente, representada por el Dr. M.B.N. del demandado: Provincia de San Luis, representada por la Dra. S.S.F.

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