Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Diciembre de 2004, R. 424. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 424. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

Ranucci Hermanos S.R.L. c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 23 de diciembre de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en la causa Ranucci Hermanos S.R.L. c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. I. al recurrente para que, en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, de conformidad con lo prescripto en la acordada 47/91. N., tómese nota por Mesa de Entradas y archívese, previa devolución de los autos principales. E.S.P. - AUGUSTO CESAR BE- LLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires demandado en autos representado por el Dr. R.P.B. con el patrocinio letrado del Subsecretario de Asuntos Contenciosos de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, D.V.Z..

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala B.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil n° 2.

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