Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Diciembre de 2004, D. 711. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 711. XL.

RECURSO DE HECHO

Di Giovambattista, R.A. c/ Phynx S.R.L.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 14 de diciembre de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Di Giovambattista, R.A. c/ Phynx S.R.L.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 615. N. y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por los Dres. H.O.A. y L.M.Z. en representación de la demandada.

Tribunal de origen: Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba.

Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Federal de B.V. (Córdoba), S. A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba y esta Corte Suprema.

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