Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Diciembre de 2004, H. 214. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

H. 214. XXXVIII.

RECURSO DE HECHO

Herederos de J.J.R. c/ Jordán, C.J..

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 2 de diciembre de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por J.G.R. y otros en la causa Herederos de J.J.R. c/ Jordán, C.J.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que las cuestiones que se suscitan en la presente causa resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por este Tribunal en la causa R.1378.XXXVIII "Riera, J.J. - sus herederos c/ Jordán, C.J.", fallada en la fecha, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir por razón de brevedad.

Por ello, con el alcance indicado y lo concordemente dictaminado por el señor P.F., se deja sin efecto la sentencia apelada.

Con costas.

Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por medio de quien corresponda, proceda a dictar nuevo fallo con arreglo a lo expresado. Agréguese la queja al principal. N. y remítase.

E.S.P. -A.C.B. -C.S.F. -J.C.M. -E.R.Z. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por los herederos de J.J.R., representados por la Dra. M.E.M., con el patrocinio de la Dra. M.L.C.B..

Tribunal de origen: Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n° 1 de Nogoyá y Cámara Segunda de la ciudad de Paraná, S.I.

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