Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Noviembre de 2004, P. 1794. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 1794. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

P., M.A. y otros c/ Instituto Dupuytren de Traumatología.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 23 de noviembre de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa P., M.A. y otros c/ Instituto Dupuytren de Traumatología", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima esta presentación directa. N. y, previa devolución de las actuaciones principales, devuélvase. E.S.P. - AUGUSTO CESAR BE- LLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - JUAN CARLOS MAQUEDA - ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por P.M.A. y otros, representados por el Dr. J.D.U. con el patrocinio del Dr. C.D.P..

Tribunal de origen: Sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil n° 60.

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