Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 9 de Noviembre de 2004, C. 76. XL
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
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76. XL.
RECURSO DE HECHO
C., E. s/ estafas reiteradas.
Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 9 de noviembre de 2004.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por E.C. en la causa C., E. s/ estafas reiteradas", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).
Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y archívese. E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.R.Z..
Recurrente: E.C.A.D.. R.R. y J.L.G. (recurso de casación); J.L.G. (recurso de queja por casación denegada y recurso extraordinario) y Jorge A.
Bacqué y J.L.G. (recurso de queja) Tribunal de origen: Sala IV de la Cámara de Casación Penal Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tribunal Oral en lo Criminal n° 19
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Marzo de 2005, C. 3165. XL
...de la Nación Buenos Aires, 8 de marzo de 2005. Autos y Vistos: En atención a lo resuelto con fecha 9 de noviembre de 2004 en el expediente C.76.XL "C., E. s/ estafas reiteradas", la cuestión planteada en estos autos se ha tornado abstracta, lo que así se declara. H. saber y archívese. E.S.P......
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Marzo de 2005, C. 3165. XL
...de la Nación Buenos Aires, 8 de marzo de 2005. Autos y Vistos: En atención a lo resuelto con fecha 9 de noviembre de 2004 en el expediente C.76.XL "C., E. s/ estafas reiteradas", la cuestión planteada en estos autos se ha tornado abstracta, lo que así se declara. H. saber y archívese. E.S.P......