Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Octubre de 2004, M. 1008. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 1008. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

M., O.D. c/ Transporte Automotores La Plata S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 26 de octubre de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa M., O.D. c/ Transporte Automotores La Plata S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que contra el pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que desestimó el recurso de queja interpuesto, la demandada efectuó ante el Tribunal la presentación directa que es objeto de examen.

Que la queja reglada en los arts. 285 y sgtes. del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación tiene por finalidad que la Corte revise la denegación por los jueces de la causa de un recurso de apelación ordinario o extraordinario deducido para ante ella.

Por lo tanto, carece de sentido cuando, como ocurre en el caso, tal recurso no ha sido interpuesto.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. N. y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por la demandada, con la representación letrada del Dr. G.A.B..

Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tribunal del Trabajo n° 3 de La Matanza.

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