Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Octubre de 2004, N. 479. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

N. 479. XXXIX.

Novartis AG c/ Instituto Nacional de la Pro- piedad Industrial s/ denegatoria de patente.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 14 de octubre de 2004.

Vistos los autos: "Novartis AG c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente".

Considerando:

Que las circunstancias del caso son sustancialmente análogas a las consideradas en Fallos: 323:3160 y 325:2047, cuya doctrina la a quo consideró aplicable en la especie, sin que la recurrente aporte argumentos que justifiquen revisar los criterios adoptados sobre la materia; por lo que la cuestión federal propuesta resulta insustancial.

Por ello, se declara mal concedido el recurso extraordinario de fs. 479/497 vta. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). N. y, oportunamente, devuélvanse los autos a origen. AUGUSTO CESAR BE- LLUSCIO - CARLOS S. FAYT - ANTONIO BOGGIANO - E. RAUL ZAFFA- RONI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso extraordinario interpuesto por Novartis AG, representada por el Dr. E.O.'Farrell, con el patrocinio del Dr. M.B. Traslado contestado por el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial, repre- sentado por la Dra. V.I.A. y M.J.V.T. de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, S. 3

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