Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Septiembre de 2004, M. 2002. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 2002. XXXIX. y otro RR.OO.

M., A. c/ ANSeS s/ reajustes va- rios .

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 28 de septiembre de 2004.

Vistos los autos: "M.2002.XXXIX. ›M., A. c/ ANSeS s/ reajustes varios' y C.2509.XXXIX. ›C., J.S. c/ ANSeS s/ reajustes varios'".

Considerando:

Que los agravios vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente S.2767.XXXVIII "Spitale, J. c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativa", fallado con fecha 14 de septiembre de 2004, al que cabe remitir por razón de brevedad.

Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmar las sentencias apeladas según lo resuelto en el precedente "Spitale, J." citado. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463). N. y devuélvanse. E.S.P. -A.C.B. -C.S.F. -A.B. -J.C.M. -E.R.Z. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

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