Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Septiembre de 2004, S. 808. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 808. XL.

RECURSO DE HECHO

S. y Compañía s/ verificación de crédito por K., J.R..

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 28 de septiembre de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por J.R.K. en la causa S. y Compañía s/ verificación de crédito por K., J.R.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. N. y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por J.R.K., representado y patrocinado por el doctor F.B.C.P.T. de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial: Sala E Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Comercial n° 18.

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