Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Agosto de 2004, C. 1690. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C.1690. XXXVI.

RECURSO DE HECHO

C.C.S.S.A. c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 24 de agosto de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Centro Costa Salguero S.A. c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que en atención a lo resuelto por esta Corte, el 27 de mayo de 2003 en la causa T.417.XXXVI "Telemetrix S.A. c/ Administración General de Puertos y otro s/ proceso de conocimiento", no corresponde emitir pronunciamiento en la presente.

Por ello, oído el señor P. General de la Nación, se declara inoficioso un pronunciamiento del Tribunal en las presentes actuaciones. R. el depósito de fs. 1. N. y, previa devolución de los autos principales, archívese. E.S.P. -A.C.B. -C.S.F. -A.B. -A.R.V. -J.C.M. -E.R.Z. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho deducido por Centro Costa Salguero S.A., actora en estos autos, representada por el dr. P.A. (h), con el patrocinio letrado del dr. J.R.V..

Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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