Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Agosto de 2004, K. 17. XXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

K. 17. XXIV.

ORIGINARIO

K., D.L. c/ Santiago del Estero, Provincia de s/ daños y perjuicios incidente sobre beneficio de litigar sin gastos.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 19 de agosto de 2004.

Autos y Vistos; Considerando:

  1. ) Que a fs. 1/1 vta. se presenta D.L.K., por apoderado, solicitando el beneficio de litigar sin gastos en los términos del art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para proseguir la demanda entablada contra la Provincia de Santiago del Estero por la suma de $ 2.779.785, por los daños y perjuicios que dice haber sufrido como consecuencia de un allanamiento realizado por el personal policial de esa provincia en un establecimiento rural de su propiedad.

    A fs. 47/48 se presenta la demandada y se opone por las razones que allí aduce.

  2. ) Que la concesión del beneficio de litigar sin gastos queda librada a la prudente apreciación judicial en tanto los medios probatorios incorporados al incidente reúnan los requisitos suficientes para llevar al ánimo del juzgador la verosimilitud de las condiciones de pobreza alegadas.

  3. ) Que tal beneficio encuentra sustento en dos preceptos de raigambre constitucional: la garantía de la defensa en juicio y la de la igualdad ante la ley (arts. 18 y 16 de la Constitución Nacional). Ello es así, habida cuenta de que por su intermedio se asegura la prestación de los servicios de justicia no ya en términos formales, sino con un criterio que se adecua a la situación económica de los contendientes.

  4. ) Que sentado lo expuesto, corresponde examinar los medios de convicción incorporados al incidente.

    De las declaraciones de los testigos efectuadas a fs. 8/9, 10/10 vta. y 11/11 vta. y de las constancias agregadas al expediente (ver fs. 35, 36 y 40) resulta que el actor

    no posee bienes de fortuna, que no tiene trabajo y se encuentra viviendo junto con su esposa y sus dos hijos en la casa de su madre, a la cual se mudó luego de que la suya fue rematada.

  5. ) Que ello se corrobora con las constancias acompañadas e informes expedidos por el Registro de la Propiedad Inmueble y por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 13 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora (ver fs. 31, 35, 36 y 40).

    Por ello y de conformidad con lo dictaminado por el representante del Fisco, se resuelve: Conceder el beneficio de litigar sin gastos peticionado. N.. ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - CARLOS S. FAYT - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

    RAUL ZAFFARONI.

    Nombre de los actores: D.L.K., letrado apoderado Dr. R.C..

    Nombre de los demandados: Provincia de Santiago del Estero, letrado apoderado Dr. R.S..

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