Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Agosto de 2004, S. 3009. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S.3009.XXXVIII.

R.O.

Salvanes, A.A. c/ ANSeS s/ reajustes varios.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 3 de agosto de 2004.

Vistos los autos: "Salvanes, A.A. c/ ANSeS s/ reajustes varios".

Considerando:

  1. ) Que los agravios de la ANSeS vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente del Tribunal publicado en Fallos: 325:1185 ("A."), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad.

  2. ) Que las cuestiones vinculadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional (arts. 22 y 23 de la ley 24.463) no guardan relación con lo resuelto por el a quo, por lo que deben ser desestimadas.

  3. ) Que los restantes planteos del organismo previsional han sido examinados por la Corte en el antecedente de Fallos:

323:3135 ("Torres Brizuela"), cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos.

Por ello, el Tribunal resuelve: declarar procedente el recurso ordinario deducido y confirmar la sentencia apelada con el alcance fijado en los considerandos del fallo "A., F." citado. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

N. y devuélvase. CARLOS S. FAYT - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAUL ZAFFARONI.

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