Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Junio de 2004, P. 990. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 1511. XXXIX. y otro RR.OO.

M.J. C/ ANSES S/ REAJUSTES VARIOS.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 15 de junio de 2004.

Vistos los autos:

"M.1511.XXXIX.

'M.J. c/ ANSES'; P.978.XXXIX. 'PENTITO CARMELO c/ ANSES'; P.990.XXXIX.

'PUENTE ARTURO c/ ANSES'".

Considerando:

Que las cuestiones que se suscitan en las presentes causas vinculadas con la tasa de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos:

325:1185, ("A."), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad.

Que respecto de los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, cabe remitir al precedente publicado en Fallos: 323:1861 ("S.") y a la causa I.110.XXXV. "Iglesias, M. c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad", fallada con fecha 17 de abril de 2001.

Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos, confirmar las sentencias apeladas en cuanto a la tasa de interés aplicada, con el alcance fijado en el fallo "A." y revocarlas con el alcance que surge de los considerandos de los fallos "S." e "Iglesias" citados. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463). N. y devuélvanse. AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - CARLOS S.

FAYT - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI.

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