Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Junio de 2004, V. 1208. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

V. 1208. XXXVIII.

RECURSO DE HECHO

V., P.S. c/D.S.A. y otros.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 15 de junio de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por J.R. por sí y en representación de Distay S.A. en la causa V., P.S. c/D.S.A. y otros", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 53. H. saber y previa devolución de los autos principales, archívese.

E.S.P. -A.C.B. -A.B. -A.R.V. -J.C.M. -E.R.Z..

Recurso de hecho interpuesto por D.S.A., representada por el Dr. J.R., patrocinado por el Dr. H.L.R..

Tribunal de origen: Sala IX Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo n° 35.

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