Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Mayo de 2004, D. 2094. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 2094. XXXVIII.

RECURSO DE HECHO

Domingo, H.L. c/N.A., G..

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 27 de mayo de 2004.

Autos y Vistos; Considerando:

Que lo solicitado en el cuerpo principal del escrito a despacho constituye C. allá de la ampliación de fundamentos contenida en el punto 1° del otrosíC una reiteración de la presentación de fs. 31 que fue rechazada por esta Corte a fs. 32, por lo que corresponde estar a lo allí decidido.

Que el pedido efectuado en el punto 2° del otrosí, amén de no justificar las razones que autorizarían la acumulación pretendida con arreglo al art. 188 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y de ser incompatible con la índole del recurso reglado en el art. 285 del mismo código, resulta extemporáneo en razón de haberse tenido por desistida la queja a fs. 29.

Por ello, se desestima la presentación de fs. 36/36 vta.

N. y cúmplase con lo dispuesto a fs. 29. E.S.P. -A.C.B. -C.S.F. -A.B. -J.C.M..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR