Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Abril de 2004, D. 1329. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 1329. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

Dirección General Impositiva s/ órdenes de allanamiento.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 29 de abril de 2004.

Autos y Vistos:

Por haber transcurrido el plazo fijado en el art.

310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación Cde aplicación al caso en virtud de lo resuelto por esta Corte en Fallos:

317:1642; 321:1689 y en las causas P.572.XXXIII. "P.F., E. y W., R. s/ presunta infracción art.

174, inc.

5° C.P.

Ccausa n° 6447C", considerando 3°, y D.479.XXXV. "D., J.L. s/ falsedad ideológica incidente de nulidad de ampliación indagatoria y notificación Ccausa n° 32.139C", resueltas el 2 de abril de 1998 y el 27 de febrero de 2001, respectivamenteC, sin que el recurrente haya cumplido con lo dispuesto a fs. 30, declárase operada en la presente queja la perención de la instancia.

Declárase perdido el depósito de fs.

  1. H. saber y, oportunamente, archívese. E.S.P. -A.C.B. -C.S.F. -A.B. -A.R.V. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por F.R. representado por los doctores F.M.C. y M.A. de A..

Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, S. "B".

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal n° 3 de Córdoba.

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