Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Marzo de 2004, O. 334. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

O. 334. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

O., C.T. c/ Caja de Seguros de Vida S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 30 de marzo de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa O., C.T. c/ Caja de Seguros de Vida S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la cuestión federal alegada en el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, no ha sido introducida oportunamente en el proceso.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -A.C.B. -A.B. -A.R.V. -J.C.M..

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