Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Marzo de 2004, P. 973. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 973. XXXVI.

P., M.E. s/ casación.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 30 de marzo de 2004.

Vistos los autos: "P., M.E. s/ casación".

Considerando:

Que por las consideraciones expuestas en el dictamen del señor Procurador General, a las cuales cabe remitir en lo pertinente, en la presente causa se ha operado la extinción de la acción penal por prescripción respecto de M.E.P. (arts. 110 y 62, inc. 2°, Código Penal), por lo cual resulta inoficioso pronunciarse sobre los restantes agravios expuestos en el recurso extraordinario de fs. 734/749.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el señor P. General de la Nación, se declara abstracto el recurso extraordinario interpuesto, se declara extinguida por prescripción la acción penal en la presente causa respecto de M.E.P., se deja sin efecto la sentencia de fs.

558/569 en todo cuanto decide y se absuelve al nombrado por el delito de injurias por el que fuera acusado (art. 16, segunda parte, ley 48). N. y, oportunamente, devuélvanse los autos. ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - CARLOS S. FAYT - ANTONIO BOGGIANO - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAUL ZAFFARONI.

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