Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Marzo de 2004, L. 1107. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 1107. XXXIX.

L., P.C. c/ P.E.N.

Cley 25.561C dtos. 1570/01 y 214/02 s/ amparo- ley 16.986.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 30 de marzo de 2004.

Autos y Vistos:

En atención al desestimiento de la acción y del derecho formulado por la parte actora (conf. fs. 201) y la conformidad prestada por la demandada (conf. fs. 201 vta.), suspéndese el llamamiento de autos y remítanse las presentes actuaciones al tribunal de origen a los efectos de que se provea lo que corresponda. N. y remítase a los fines indicados. A.C.B. -A.B. -A.R.V. -J.C.M. -E.R.Z..

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