Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 9 de Marzo de 2004, B. 426. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 426. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

B., E. c/ Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A. y Asociart S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 9 de marzo de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Asociart S.A. en la causa B., E. c/ Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A. y Asociart S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso de queja no refuta todos y cada uno de los fundamentos de la resolución denegatoria del recurso extraordinario.

Por ello, se desestima la queja y se da por perdido el depósito (fs. 1). H. saber y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -A.C.B. -A.B. -A.R.V. -J.C.M..

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