Procuración General de la Nación en la sentencia de Corte Suprema de Justicia, 2 de Marzo de 2004, C. 39. XL

Fecha02 Marzo 2004

Competencia N° 39. XL.

B., S.A. s/ ley 11.723.

Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e :

La presente contienda negativa de competencia suscitada entre el Juzgado de Garantías n° 1 y la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones, ambos de San Martín, provincia de Buenos Aires, se refiere a la causa instruida con motivo del secuestro en un puesto ambulante de setenta y seis discos compactos, que presumiblemente resultarían apócrifos.

El juez provincial declinó su competencia por entender que al existir un concurso ideal de delitos -leyes 11.723 y 22.362- correspondía conocer a la justicia de excepción (fs.12).

El magistrado federal, por su parte, rechazó tal atribución al considerar que la falsificación no sería idónea para afectar el bien jurídico tutelado por la ley 22.362 (fs.120/121).

La Cámara de Apelaciones, al intervenir con motivo de un recurso de apelación interpuesto por el representante del Ministerio Público, confirmó la resolución de primera instancia (fs.132).

Devueltas las actuaciones, el tribunal de origen insistió en su criterio y elevó el incidente a la Corte (fs.

137/138).

Atento que según surge de fs. 1, 54/58 y 68/69, el material secuestrado presentaba etiquetas que eran copia de las originales y su sello discográfico (fs. 122/123 y 132), opino que, según el criterio establecido por V.E. en las Competencias n1 713, L.XXXIX in re "Malandra, J.G. s/inf. ley 11.723" y n° 1083. L.XXXIX in re "D., R.O. s/arts. 31 inc d de la ley 22.362" resueltas el 17 de noviembre de 2003, corresponde al juez federal conocer en las presentes actuaciones.

Buenos Aires, 2 de marzo de 2004.

E.E.C.

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