Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Febrero de 2004, R. 1739. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 1739. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

Rotili, A.L. y otros c/ Kinping S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 6 de febrero de 2004.

Autos y Vistos:

Atento a que el recurrente no ha cumplido con el depósito previsto por el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ni ha invocado exención alguna contemplada en las normas vigentes en materia de tasas judiciales, al no haber satisfecho el recaudo formal señalado en el plazo fijado por la providencia de fs. 69, corresponde desestimar la presente queja.

El juez V. se remite, en lo pertinente, a sus votos en Fallos: 319:1389 y 2805.

Por ello, por mayoría, se desestima esta presentación directa. N. y archívese. E.S.P. -A.C.B. -C.S.F. -A.B. -A.R.V. -J.C.M. - E. RAUL ZAF- FARONI.

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