Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Diciembre de 2003, A. 1424. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1424. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

A., A.E. c/A., R.F..

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 18 de diciembre de 2003.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por R.A. en la causa A., A.E. c/A., R.F.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, de desestima la presentación.

N., intégrese el depósito que marca la ley y, oportunamente, archívese. A.C.B. -E.S.P. -A.B. -A.R.V. -J.C.M..

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