Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Diciembre de 2003, T. 174. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

T. 174. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

T., C.A. y otros s/ homicidio calificado Ccausa N° 487/00C.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 11 de diciembre de 2003.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional en la causa T., C.A. y otros s/ homicidio calificado Ccausa N° 487/00C", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 174. H. saber y archívese. A.C.B. -E.S.P. (según su voto)- ANTO- NIO BOGGIANO - ADOLFO R.V. -J.C.M..

VO

T. 174. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

T., C.A. y otros s/ homicidio calificado Ccausa N° 487/00C.

Corte Suprema de Justicia de la NaciónTO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E.S.P. Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, no se dirige contra la sentencia emanada del superior tribunal de la causa.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 174. H. saber y archívese. ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI.

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