Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Diciembre de 2003, C. 949. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 949. XXXIX.

S., H.E. s/ denuncia.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 2 de diciembre de 2003.

Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F., a los que cabe remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender respecto al ejercicio ilegal de la medicina, el Juzgado de Transición n° 4 del Departamento Judicial de La Plata, Provincia de Buenos Aires, al que se le remitirá el presente incidente. Asimismo, el mencionado tribunal deberá remitir copia de las actuaciones pertinentes al Juzgado Federal n° 3 de la mencionada localidad para que investigue la posible infracción al art. 5°, inc. e, de la ley 23.737. A.C.B. -E.S.P. -A.B. -A.R.V. -J.C.M. -E.R.Z..

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