Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Noviembre de 2003, S. 616. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 616. XXXVIII.

R.O.

Sánchez Quiroga de C., Virginia c/ ANSeS s/ interrupción de prescripción.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 25 de noviembre de 2003.

Vistos los autos: "S.Q. de C., Virginia c/ ANSeS s/ interrupción de prescripción".

Considerando:

  1. ) Que las cuestiones que se suscitan en la presente causa, vinculadas con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltas por esta Corte en el precedente publicado en Fallos:

    324:2360 ("Arena"), al que cabe remitir por razón de brevedad.

  2. ) Que las cuestiones relacionadas con la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ("S.") y en la causa I.110.XXXV. "Iglesias, M. c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad", fallada con fecha 17 de abril de 2001.

  3. ) Que los agravios formulados por la ANSeS, respecto a la tasa de interés, encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 325:1185, ("A., F."), cuyos fundamentos y conclusiones se dan pro reproducidos.

    Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y por el Ministerio Público, confirmar la sentencia apelada en cuanto a la tasa de interés aplicada, con el alcance fijado en el fallo "A." y revocarla con el alcance que surge de los considerandos de los fallos "Arena" "S." e "Iglesias" citados. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463). N. y devuélvase.

    C.S.F. -A.C.B. -A.B. -G.A.F.L. -A.R.V. -J.C.M..

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