Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Noviembre de 2003, G. 30. XXXV
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
G. 30. XXXV.
RECURSO DE HECHO
G., E.M. c/G., C.E. y otro.
Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 25 de noviembre de 2003.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal en la causa G., E.M. c/G., C.E. y otro", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que la presentación de fs. 55/57 resulta ineficaz para habilitar la intervención del Tribunal pues carece de firma.
Por ello, oído el señor P.F., tiénese a la pieza indicada por no presentada. H. saber y, oportunamente, archívese. A.C.B. -E.S.P. -A.B. -G.A.F.L. -A.R.V. -J.C.M..
-
Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Noviembre de 2003, G. 20. XXXV
...y, oportunamente, archívese conjuntamente con la presentación que se agregó por cuerda según constancia de fs. 58 del recurso de hecho G.30.XXXV. C.S.F. (en disidencia)- AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V. -J.C.M.. DISI G. 20. XXXV. RECURSO ......
-
Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Noviembre de 2003, G. 20. XXXV
...y, oportunamente, archívese conjuntamente con la presentación que se agregó por cuerda según constancia de fs. 58 del recurso de hecho G.30.XXXV. C.S.F. (en disidencia)- AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V. -J.C.M.. DISI G. 20. XXXV. RECURSO ......