Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Noviembre de 2003, B. 723. XXXIX

Fecha17 Noviembre 2003
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 723. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

B.C., R.A. s/ infr. art. 174 inc. 5° del C.P. Ccausa n° 6693/96C.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 17 de noviembre de 2003.

Autos y Vistos:

Por haber transcurrido el plazo fijado en el art.

310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación Cde aplicación al caso en virtud de lo resuelto por esta Corte en Fallos:

317:1642; 321:1689 y en las causas P.572.XXXIII. "P.F., E. y W., R. s/ presunta infracción art.

174, inc.

5° C.P.

Ccausa n° 6447C", considerando 3°C, y D.479.XXXV. "D., J.L. s/ falsedad ideológica - incidente de nulidad de ampliación indagatoria y notificación Ccausa n° 32.139C", resueltas el 2 de abril de 1998 y el 27 de febrero de 2001, respectivamente, sin que el recurrente haya cumplido con lo dispuesto a fs. 46, reiterado a fs. 55, declárase operada en la presente queja la perención de la instancia.

Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y, oportunamente, archívese. C.S.F. -A.C.B. -E.S.P. -A.B. -A.R.V. -J.C.M. -E.R.Z..

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