Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Octubre de 2003, A. 2584. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 2583. XXXVIII. y otro

RECURSOS DE HECHO

A., S.L. c/ Los Alpes S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 28 de octubre de 2003.

Vistos los autos: "Recursos de hecho deducidos por R.G.S. y S.A. en la causa ‹A., S.L. c/ Los Alpes S.A.' y por R.G.S. en la causa A.2584.XXXVIII. ‹A., S.L. c/ Los Alpes S.A.'", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios, cuya denegación motivó las presentes quejas, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestiman las quejas. D. perdido el depósito de fs. 311 del recurso de hecho A.2584. H. saber y, oportunamente, archívese. A.C.B. -E.S.P. -A.B. -G.A.F.L. -A.R.V. -J.C.M..

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