Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Octubre de 2003, M. 131. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C.646.XXXVII (y otros) C., O. y otros c/ E.N. -Ministerio de Justicia- Ac.57/92 s/ empleo público.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 28 de octubre de 2003.

Vistos los autos: "›C., O. y otros c/ E.N. -Ministerio de Justicia Ac. 57/92 s/ empleo público'; D.333.XXXVII ›D.'AlessandroL. y otros c/ E.N. -C.S.J.N.- Ac. 57/92 s/ empleo público'; L.101.XXXVII. ›L., M.R. y otros c/ E.N. -C.S.J.N.- Ac. 57/92 s/ empleo público'; M.1137. X. ›Marquestau, B. y otros s/ E.N. -C.S.J.N.- Ac. 57/92 s/ empleo público'; M.131.X. ›Montiel, E. y otros c/ E.

N. - Corte Suprema de Justicia de la Nación -Ac. 57/92 s/ empleo público'; R.922.X. ›Rabade, O. y otros c/ E.N.

-C.S.J.N.- Ac.

57/92 s/ empleo público' y S.1172.XXXVI ›Siracusa, V.L. y otros c/ E.N. -C.S.J.N.- Ac. 57/92 s/ empleo público'".

Considerando:

Que los agravios planteados remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas el 7 de octubre de 2003 en la causa A.629.XXXVI "A., M.N. y otros c/ E.N. - C.S.J.N. - Ac. 57/92 s/ empleo público", a cuyos fundamentos corresponde remitirse por razones de brevedad.

Por ello, oído el Señor Procurador, se declaran formalmente admisible los recursos extraordinarios y se confirman las sentencias apeladas. Con Costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). N. y devuélvanse. A.C.B. -E.S.P. -A.B. -G.A.F.L. -A.R.V. -J.C.M..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR