Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Septiembre de 2003, P. 306. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 306. XXXIX.

P., J.A. c/ Estado Nacional - Ministerio de Justicia y otro s/ Personal Militar y Civil de las FF. AA. y de S.- ridad.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 23 de septiembre de 2003.

Vistos los autos: "Puebla, J.A. c/ Estado Nacional - Ministerio de Justicia y otro s/ Personal Militar y Civil de las FF. AA. y de Seguridad".

Considerando:

Que los agravios del recurrente respecto de manera en que deben ser computados los adicionales creados por los decretos 2260/91, 756/92 y 2807/93, remiten a examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribu-nal en las causas: M.58.XXXVIII. y M.998.XXXVII. "M., P.J.M. c/ Estado Nacional - Ministro de Justicia s/ Personal Militar y Civil de las FF.

AA. y de Seguridad" fallada con fecha 5 de septiembre de 2002, a cuyas consideraciones corresponde remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad.

El juez B. se remite a su voto en la causa B.274 XXXIX "Barrientos, S. c/ Estado Nacional - Ministerio de Justicia", resuelta en la fecha.

Por ello, sin perjuicio de los dispuesto por el decreto 101/2003, el Tribunal resuelve: declarar parcialmente procedente el recurso extraordinario, revocar la sentencia apelada en cuanto reconoce carácter bonificable a los adicionales creados por los decretos 2260/91 y 756/92 y ordena la inclusión en el haber de retiro de los suplementos creados por el decreto 2807/93, y se la confirma respecto de la naturaleza general y remunerativa de los adicionales creados por los decretos 2260/91 y 756/92, y general de los suplementos

creados por el decreto 2807/93, con el alcance indicado en el precedente citado. Costas por su orden. N. y devuélvase.

AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

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