Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Septiembre de 2003, C. 1521. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 1521. XXXVI.

RECURSO DE HECHO

Cámara Argentina de Armadores de Buques Pes- queros de Altura c/ Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y Alimentación de la Nación.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 1° de septiembre de 2003.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por el Estado Nacional C Ministerio de Economía en la causa Cámara Argentina de Armadores de Buques Pesqueros de Altura c/ Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y Alimentación de la Nación@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P. General de la Nación, al que se remite en razón de brevedad.

Por ello, se declara inoficioso el pronunciamiento de esta Corte en la presente causa. E. al recurrente de efectuar el depósito correspondiente al art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuyo pago se encuentra diferido de acuerdo con lo previsto en la acordada 47/91.

N. y, previa devolución de los autos principales archívese. CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - ANTONIO BOG- GIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V. -J.C.M..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR