Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Agosto de 2003, R. 474. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 474. XXXVI.

RECURSO DE HECHO

R., J.C. c/R., J.L. y otro.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 26 de agosto de 2003.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por J.L.R. en la causa R., J.C. c/R., J.L. y otro", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador General, a los que corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recuso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Agréguese la queja al principal. R. el depósito de fs. 1. Vuelvan los autos al tribunal anterior a efectos de que, por medio de quien corresponda, dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente.

N. y, oportunamente, remítase.

AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V. -J.C.M..

6 temas prácticos
6 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR