Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 12 de Agosto de 2003, S. 146. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 146. XXXVIII.

R.O.

Sprinberg, J. c/ANSeS s/reajustes varios.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 12 de agosto de 2003.

Vistos los autos: "S., J. c/ ANSeS s/ reajustes varios".

Considerando:

  1. ) Que la cuestión que se suscita en la presente causa, vinculada con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ("Perletto"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad.

  2. ) Que los agravios de la ANSeS vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en el precedente publicado en Fallos: 324:2360 ("Arena"), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad.

  3. ) Que no obstante haberse notificado al Ministerio Público de la providencia que ordenaba poner los autos en secretaría a los fines del artículo 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentó el memorial exigido por dicha norma.

Por ello el Tribunal resuelve: declarar desierto el recurso ordinario interpuesto por el Ministerio Público, procedente el deducido por la ANSeS, confirmar la sentencia apelada con el alcance fijado en los considerandos del fallo "Perletto, R.A." y revocarla con el alcance que surge del fallo "Arena, A." citado. Costas por su orden (art.

21, ley 24.463). N. y devuélvase. CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V. -J.C.M..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR