Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Julio de 2003, M. 1430. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

N. 237. XXXVIII. Y OTROS RR.OO.

N.C. c/ ANSeS s/ REAJUSTES VA- RIOS.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 8 de julio de 2003.

Vistos los autos: "N.237.XXXVIII 'NOZZI CATALINA c/ AN- SES'; A.1677.XXXVIII 'A.L.A. c/ ANSES'; C.1778.XXXVIII 'C.J.C. c/ ANSES'; M.1430.- XXXVIII 'M.R.A. c/ ANSES'; R.764.XXXVIII 'RE ROBERTO c/ ANSES'; Z.168.XXXVIII 'Z.A.J. c/ ANSES'".

Considerando:

Que las cuestiones que se suscitan en las presentes causas, vinculadas con la defensa de limitación de recursos (art. 16, ley 24.463) y con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional (arts. 22 y 23, ley 24.463), resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por este Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 325:98 ("Perletto"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad.

Que los restantes agravios de la ANSeS guardan sustancial analogía con los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad.

Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmar las sentencias apeladas con el alcance fijado en los considerandos del fallo "Perletto" citado. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

N. y devuélvanse.

CARLOS S.

FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - ANTONIO BOGGIANO - GUI- LLERMO A.F.L. -A.R.V. -J.C.M..

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