Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Julio de 2003, C. 828. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 828. XXXIX.

P., F.A. s/ hurto de línea telefónica.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 8 de julio de 2003.

Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F., a los que cabe remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado Federal N° 4 de R., al que se le remitirá. H. saber al Juzgado Penal en lo Correccional de la Tercera Nominación de la mencionada ciudad de la Provincia de Santa Fe. CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V..

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