Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Junio de 2003, C. 4023. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 4023. XXXVIII.

RECURSO DE HECHO

Calandra, A. c/ Cané Hermanos S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 11 de junio de 2003.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Calandra, A. c/C.H.S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V. -J.C.M..

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