Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Mayo de 2003, F. 460. XXXV

Fecha06 Mayo 2003
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 460. XXXV.

R.O.

Fattori, H. c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 6 de mayo de 2003.

Vistos los autos: "F., H. c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad".

Considerando:

  1. ) Que contra el pronunciamiento de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que reajustó los haberes del titular y aplicó las disposiciones del art. 82 de la ley 18.037, la parte actora y la ANSeS dedujeron sendos recursos ordinarios de apelación, que fueron concedidos (art. 19 de la ley 24.463).

  2. ) Que los agravios expresados con respecto a la prescripción remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las consideradas por el Tribunal en la causa D.37.XXXVII. A., A.C. c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad@, fallada el 24 de abril de 2003, a la que corresponde remitir por razón de brevedad.

  3. ) Que las objeciones del organismo previsional han sido tratadas en el precedente de esta Corte publicado en Fallos: 322:2226 (AHeit Rupp@), cuyos argumentos se dan por reproducidos.

Por ello, el Tribunal por mayoría resuelve:

Declarar procedentes los recursos ordinarios interpuestos y revocar la sentencia apelada con el alcance que surge de las causas A.@ y AHeit Rupp@ citadas. Practíquese la comunicación a la Procuración del Tesoro a los fines del art. 6° de la ley 25.344. Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463). N.-

fíquese y devuélvase. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V. -J.C.M..

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