Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Abril de 2003, M. 940. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 940. XXXVI.

R.O.

Mailles, T.C. c/ ANSeS s/ rea- justes por movilidad.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 24 de abril de 2003.

Vistos los autos: "Mailles, Teodolina Catalina c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad".

Considerando:

  1. ) Que la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social dejó sin efecto la resolución de la ANSeS que había ratificado el reajuste de los haberes de la titular por ley 22.955, según la categoría escalafonaria que surgía de los informes de servicios, y ordenó que se dictara una nueva resolución que respetara el principio del debido proceso, sin perjuicio de las medidas probatorias que pudiera ofrecer la peticionaria o disponer el organismo.

  2. ) Que contra ese pronunciamiento la demandada interpuso recurso ordinario de apelación, que fue concedido.

    Sus agravios se dirigen a interpretar la finalidad de la ley 22.955 y a señalar que sus disposiciones no impedían el derecho de los afiliados a optar por el régimen general, además de reiterar que ha sido correcta la determinación de la situación de revista de la actora.

  3. ) Que aparte de los defectos de fundamentación en que incurre la apelante, obsta a la procedencia del recurso intentado la ausencia de sentencia definitiva en los términos exigidos por el art. 19 de la ley de solidaridad previsional, pues la decisión que sólo encauza el trámite administrativo no pone fin a la controversia ni impide su continuación (Fallos:

    324:1794).

    Por ello, el Tribunal resuelve: Declarar improcedente el

    recurso ordinario interpuesto. N. y devuélvase. JULIO S.

    NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S.

    FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUI- LLERMO A.F.L. -A.R.V. -J.C.M..

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