Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Abril de 2003, O. 261. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

O. 261. XXXVI.

RECURSO DE HECHO

O., A.M. c/ Mennutti, M.S.- na.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 24 de abril de 2003.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa O., A.M. c/ Mennutti, M.S.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que en relación a los agravios referentes a los intereses pactados, el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva ni equiparable a tal (art. 14 de la ley 48). Con respecto a las restantes críticas, el remedio aludido resulta inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, y oído el señor Procurador General, se desestima la presentación directa. N. y, previa devolución de los autos principales, archívese.

JULIO S.

NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BE- LLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V. -J.C.M..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR