Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Marzo de 2003, D. 1228. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 1228. XXXVIII.

RECURSO DE HECHO

D.L., L. c/ Trade Baires International S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 20 de marzo de 2003.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Trade Baires International S.A. en la causa D.L., L. c/ Trade Baires International S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y, oportunamente, archívese.

EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V. -J.C.M..

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