Procuración General de la Nación en la sentencia de Corte Suprema de Justicia, 18 de Marzo de 2003, C. 127. XXXIX

Fecha18 Marzo 2003

Competencia N° 127. XXXIX.

C.G., F.E. y otra c/ Bank Boston - suc. Tres Arroyos s/ acc. amparo - med. cautelar.

Procuración General de la Nación Suprema Corte:

La cuestión sometida a conocimiento del Tribunal en el sub lite guarda sustancial analogía con la que fuera objeto de tratamiento por este Ministerio Público al expedirse, el 17 de abril de 2002, in re Competencia N° 131.XXXVIII. "M., H.A. c/ Banco Río de la Plata s/ acción de amparo y medida cautelar" y el 10 de junio de ese año en la Competencia N° 342.XXXVIII. "Juzgado Federal N° 4 con asiento en La Plata s/ plantea inhibitoria", opiniones que fueron compartidas por el Tribunal en sus sentencias del 18 de julio de 2002.

En virtud de lo expuesto en dichos dictámenes, a cuyos fundamentos me remito en razón de brevedad opino que el presente proceso corresponde a la competencia de la justicia federal de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, por intermedio del juzgado que intervino en la contienda.

Buenos Aires, 18 de marzo de 2003NICOLAS EDUARDO BECERRA

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