Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Marzo de 2003, I. 414. XXXVIII

Fecha11 Marzo 2003
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 414. XXXVIII.

RECURSO DE HECHO

I., O. y otro s/ tenencia de arma de guerra y desobediencia -causa n° 107/00-.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 11 de marzo de 2003.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por el defensor oficial de O.I. en la causa I., O. y otro s/ tenencia de arma de guerra y desobediencia causa n° 107/00-@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos, o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. JULIO S. NAZA- RENO - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ADOLFO R.V. -J.C.M..

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