Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Febrero de 2003, M. 2856. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 2856. XXXVIII.

RECURSO DE HECHO

M., C. s/ su recurso de hecho Ccausa n° 28.454C.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 25 de febrero de 2003.

Autos y Vistos:

Por haber transcurrido el plazo fijado en el art.

310, inc. 2° del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación Cde aplicación al caso en virtud de lo resuelto por esta Corte en Fallos: 317:1642; 321:1689 y en las causas P.572.XXXIII "P.F., E. y W., R. s/ presunta infracción art.

174, inc.

5° C.P.

-causa n° 6447-@, considerando 3°, y D.479.XXXV. A., J.L. s/ falsedad ideológica - incidente de nulidad de aplicación indagatoria y notificación - causa n° 32.139@, resueltas el 2 de abril de 1998 y el 27 de febrero de 2001, respectivamenteC, sin que el recurrente haya cumplido con lo solicitado a fs.

33 y reiterado a fs. 169, declárase operada en la presente queja la perención de la instancia.

Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AU- GUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F.

LOPEZ - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

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