Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Febrero de 2003, L. 407. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 407. XXXVII.

ORIGINARIO

L., F.B. y otros c/ Buenos Aires, Provincia de y otros s/ daños y perjuicios - incidente sobre beneficio de litigar sin gastos.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 18 de febrero de 2003.

Autos y Vistos; Considerando:

  1. ) Que a fs. 20 la Provincia de Buenos Aires se presenta espontáneamente y acusa la caducidad de la instancia por haber transcurrido el plazo previsto en el art. 310, inc.

  2. , del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que se haya dado impulso al procedimiento. Corrido el traslado pertinente, la actora pide su rechazo por las razones expresadas a fs. 31 y reiteradas a fs. 63.

  3. ) Que el planteo debe prosperar. En efecto, desde la última actuación C28 de mayo de 2002C hasta la fecha de la acusación ha transcurrido, en exceso, el plazo de tres meses contemplado en el artículo citado sin que se haya dado impulso al procedimiento.

  4. ) Que no obsta a ello la pretendida acreditación agregada a fs. 31 ni los argumentos allí esgrimidos pues fueron tardíamente alegados.

Por ello, se resuelve: Declarar la caducidad de la instancia en este incidente sobre beneficio de litigar sin gastos. Con costas (arts. 68 y 69, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). N.. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR