Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Diciembre de 2002, M. 915. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 915. XXXV.

R.O.

Monier, R. c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 3 de diciembre de 2002.

Vistos los autos: A., R. c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad@.

Considerando:

  1. ) Que contra el pronunciamiento de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social que delimitó los diferentes períodos sujetos al reajuste solicitado por el jubilado y fijó las pautas de la movilidad de los haberes, la actora, la ANSeS y el señor fiscal de cámara interpusieron sendos recursos ordinarios de apelación, que fueron concedidos y resultan procedentes formalmente (art. 19 de la ley 24.463).

  2. ) Que las cuestiones relacionadas con la movilidad de los haberes del jubilado resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por el Tribunal en Fallos:

    323:555 (A.@), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad.

  3. ) Que los planteos del actor vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de solidaridad previsional han sido resueltos por esta Corte en contra de sus pretensiones en el precedente citado en Fallos:

    324:2360 (AArena@), cuyos fundamentos se dan por reproducidos.

    Por ello el Tribunal resuelve: Declarar procedentes los recursos ordinarios y revocar la sentencia apelada con el alcance que surge del fallo A.@ citado. Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463). Practíquese la comunicación a la Procuración del Tesoro a los fines del art. 6° de la ley 25.344. N. y devuélvase. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO -

    GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR