Procuración General de la Nación en la sentencia de Corte Suprema de Justicia, 27 de Noviembre de 2002, C. 896. XXXVIII

Fecha27 Noviembre 2002

Competencia N° 896. XXXVIII.

I., I.B. s/ denuncia C. n° 351/02C..

Procuración General de la Nación Suprema Corte:

Según mi parecer, la presente contienda negativa de competencia suscitada entre el Juzgado de Distrito en lo Penal de la 8va. N., y el Juzgado Federal N° 4, ambos de Rosario, Provincia de Santa Fe, debe ser resuelta de acuerdo a los fundamentos que informaron el dictamen del 11 de octubre del corriente año, en la Competencia N° 550. XXXVIII. in re "B., O. s/ denuncia infracción art. 173, inc. 2°, del Código Penal", a los que me remito en beneficio de la brevedad.

Por las razones allí expuestas, entiendo que corresponde a la justicia local conocer en estas actuaciones.

Buenos Aires, 27 de noviembre de 2002.

E.E.C.

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