Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Noviembre de 2002, S. 2198. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 2198. XXXVIII.

RECURSO DE HECHO

S., E.B. s/ peculado.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 19 de noviembre de 2002.

Autos y Vistos:

Por haber transcurrido el plazo fijado en el art.

310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación -de aplicación al caso en virtud de lo resuelto por esta Corte en Fallos:

317:1642; 321:1689 y en las causas P.572.XXXIII. "P.F., E. y W., R. s/ presunta infracción art. 174, inc. 5° C.P. -causa n° 6447- ", considerando 3°-, y D.479.XXXV. "D., J.L. s/ falsedad ideológica incidente de nulidad de ampliación indagatoria y notificación -causa n° 32.139-", resueltas el 2 de abril de 1998 y el 27 de febrero de 2001, respectivamente, sin que el recurrente haya cumplido con lo solicitado a fs.

79, declárase operada en la presente queja la perención de la instancia.

Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR