Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 12 de Noviembre de 2002, U. 65. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

O. 117. XXXVIII. Y OTROS RR.OO.

O.S. c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOS.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 12 de noviembre de 2002.

Vistos los autos: "O.117.XXXVIII 'O.S. c/ ANSES'; B.2450.XXXVIII 'B.L.P. c/ ANSES'; B.2552.- XXXVIII 'B.E. c/ ANSES'; B.2822.XXXVIII 'BOADA RO- BERTO c/ ANSES'; C.955.XXXVIII 'C.A.O. c/ AN- SES'; E.250.XXXVIII 'E.M.E. c/ ANSES'; O.223.XXXVII.

'O.A.A. c/ ANSES'; R.756.- XXXVII. 'ROJAS RICARDO c/ ANSES'; U.65.XXXVIII 'U.S.A.R. c/ ANSES'; V.432.XXXVIII 'VIDAL ENRIQUE c/ ANSES'".

Considerando:

  1. ) Que la cuestión que se suscita en las presentes causas, vinculada con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en la causa P.822.XXXVI "Perletto, R.A. c/ ANSeS s/ reajustes varios", fallada con fecha 5 de febrero de 2002, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad.

  2. ) Que los agravios referentes a la tasa de intereses guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en la causa A.376.XXXV "A., F. c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ reajustes por movilidad, sentencia de fecha 21 de mayo de 2002, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad.

  3. ) Que los restantes agravios del organismo previsional suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), cuyos fundamentos se dan por reproducidos.

Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmar las sentencias apeladas. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463). N. y devuélvanse. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O=CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V..

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